jueves, 19 de septiembre de 2013

¿Sobre qué base se le debe practicar la retención?

El artículo 4 del decreto 1828 menciona a modo genérico, que las bases  establecidas en  las normas vigentes  para  calcular la  retención  del  impuesto sobre  la renta serán aplicables igualmente para practicar la autorretención del impuesto sobre la renta  para la  equidad CREE.
Sin embargo establece unas excepciones en la siguiente forma:
▪   En el caso de los servicios integrales de aseo y cafetería, de vigilancia, servicios temporales, prestado de conformidad con la ley, su base será la correspondiente al AIU.
▪   En el caso de distribuidores mayoristas o minoristas de combustibles derivados del petróleo, su base será  el margen bruto de comercialización de conformidad con las normas vigentes.
▪   En el caso de transporte terrestre automotor que se preste a través de vehículos de propiedad de terceros,  sobre el pago o abono en cuenta que corresponda al ingreso de la empresa transportadora (siempre que sea sujeto pasivo) de acuerdo al artículo 102-2 ET.
▪   Entidades sometidas a vigilancia de la superintendencia financiera de Colombia la totalidad de los pagos o abonos en cuenta que sean susceptibles de constituir ingresos gravable de CREE.
▪   Para las transacciones realizadas a través de la bolsa de energía los agentes del mercado eléctrico mayorista practicarán la autorretención sobre el vencimiento neto definido por el anexo B Resolución CREG 024 de 1995.
▪   En el caso de compañías de seguros de vida o compañías de seguros generales sobre las primas devengadas, los rendimientos financieros, las comisiones por reaseguro y coaseguro y los salvamentos.
▪   En el caso de las sociedades de capitalización sobre los rendimientos financieros.
▪   Las sociedades de comercialización internaciones sobre la porción del pago o abono en cuenta que corresponda al margen de comercialización (Ingresos brutos-costos de los inventarios comercializados en el periodo)
¿Qué porcentaje de autorretención se debe aplicar?
La autorretención por CREE, debe practicarse sobre la actividad económica que este en el RUT de sujeto pasivo, y no en función del ingreso. Es decir que si  una empresa  tiene como actividad principal (de acuerdo con la resolución 139 de 2012 modificada por la resolución 154 de 2012) el alquiler de vehículos automotores (0.60%) vendelubricantes (aceites, grasas), aditivos y productos de limpieza de automotores (0.30%), la autorretención que se debe aplicar es del 0.60% que corresponde a la establecida en el RUT.
Las tarifas de autorretención son tres, 0.30%, 0.60% y 1.5% dependiendo de la actividad económica que posea la empresa de la cual estamos recibiendo la factura.Ver tabla adjunta 
¿Cada cuanto debe practicarse la retención?
El decreto 1828 corrige  la falta de claridad del decreto 862 y en todos su apartes menciona “el pago o abono” en cuenta como el momento en el cual se debe aplicar la autorretención.

¿Quiénes no se deben practicar autorretención por CREE?

Bajo los parámetros dados anteriormente quedaría entonces una premisa de que quienes no se encuentren señalados puntualmente como sujetos pasivos obviamente no serán contribuyentes del CREE y por lo tanto no se deben practicar autorretenciones por el mismo impuesto. Sin embargo, se hace necesario puntualizar a manera general quienes no son contribuyentes del CREE.
De manera expresa señala que no son sujetos del CREE los entes sin fines de lucro (tales como, cooperativas, corporaciones, fundaciones, asociaciones, cajas de compensación familiar); es decir, los sujetos que pertenecen al régimen tributario especial no serán sujetos del CREE. Y  estos tampoco se deben practicar autorretención en la fuente por CREE. Así como tampoco son sujetos del CREE las zonas francas preestablecidas antes del 31 de diciembre de 2012 o aquellas que hayan radicado la solicitud de zona franca a la misma fecha anterior.
Tampoco son contribuyentes del CREE, los hospitales, sindicatos, municipios, superintendencias, unidades administrativas y en general los no contribuyentes del impuesto de renta. Y por ende no se deben practicar autorretención a título de CREE.
En forma esquemática, los enunciados a continuación no se deben practicar autorretención por CREE:
    • Corporaciones
    • Fundaciones
    • Cooperativas
    • Asociaciones gremiales
    • Cajas de compensación familiar
    • Fondos de empleados
    • Entre otros…
    • Las sociedades  y entidades extranjeras sin sucursal ni establecimiento permanente.
    • Las Personas Naturales y sucesiones ilíquidas
    • Las zonas francas y usuarios industriales de bienes y servicios declaradas constituidas o en trámite a 31 de diciembre de 2012.
    • Las donaciones o asignaciones modales
    • Las sociedades y las personas jurídicas y asimiladas no contribuyentes del impuesto de renta
    • Los otros no contribuyentes


¿Quiénes se deben practicar autorretención por CREE?

Aunque suene reiterativo,  SOLO los sujetos pasivos del CREE se deben practicar autorretención en la fuente a título de CREE. Recordemos entonces quienes son sujetos pasivos del CREE.
El artículo 20 de la ley 1607 de 2012 estableció puntualmente quienes son los sujetos pasivos del CREE, quedando a cargo de las sociedades  y personas jurídicas y asimiladas que sean contribuyentes  del impuesto sobre la rentas y complementarios.
Adicionalmente, también  fueron catalogados como sujetos pasivos las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes  declarantes del impuesto de renta por los ingresos de fuente nacional obtenidos a través de sucursales y establecimientos permanentes  y puntualiza que estos últimos serán sujetos por los ingresos considerados de fuente nacional como lo menciona el artículo 24 del estatuto tributario. Concordando así, con el  inciso 2 del artículo 12 ibídem,  que establece que las sociedades y entidades extranjeras son gravadas únicamente sobre sus rentas yganancias ocasionales de fuente nacional.

¿Quiénes son agentes retenedores del CREE?

Sobre este aspecto hay que resaltar que el decreto 1828 en su artículo 8 derogó la mayoría de los artículos del decreto 862 de abril, dentro de los cuales se encontraba el artículo 3, que hace referencia a los agentes de retención. Por lo tanto, única y exclusivamente son agentes autorretenedores los sujetos pasivos del CREE.
El artículo 2 del decreto 1828 señala:
“A partir del  1° de  septiembre de  2013,  para efectos del recaudo y administración  del impuesto sobre la  renta  para  la equidad - CREE, todos los sujetos pasivos del mismo tendrán  la  calidad de autorretenedores…”
Entonces, las entidades de derecho público, las personas naturales (comerciantes que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT), entre otros, YA NO OBSTENTAN la calidad de agentes retenedores a partir del 1 de septiembre pues NO SON SUJETOS PASIVOS del CREE.


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